Un reclamo por Daños y Perjuicios busca la reparación económica integral derivada de la responsabilidad civil (accidentes de tránsito, incumplimientos contractuales, mala praxis, entre otros). Los gastos de inicio cubren la etapa inicial: mediación previa obligatoria, redacción de la demanda, tasa inicial de bonos ley y el sorteo del expediente judicial.
Según Pacto de Cuota Litis, los honorarios por el proceso judicial se abonan exclusivamente a resultado (30%) una vez que usted perciba su indemnización.
GASTOS DE INICIO
$ 0Gasto único para iniciar. Cubre Mediación Previa Obligatoria, Bonos Ley, Sorteo del Expediente y Apertura de Carpeta.
1. Condición de Cobro: Los honorarios profesionales se abonan únicamente cuando el cliente percibe la indemnización efectivizada.
2. Pacto de Cuota Litis: Acorde a la normativa vigente, el porcentaje pactado es del 30% sobre el monto efectivamente cobrado.
3. Gastos de Inicio: Corresponden a los insumos y costos operativos de la etapa de mediación y sorteo judicial inicial.
4. Tasa de Justicia y Beneficio: Este presupuesto refiere estrictamente a honorarios profesionales y no contempla la Tasa de Justicia del proceso judicial. Según la situación patrimonial del cliente, podrá evaluarse el inicio del Beneficio de Litigar sin Gastos para su exención o financiamiento.
¿Por qué confiarme su Reclamo?
Gestión especializada en Responsabilidad Civil, garantizando máxima indemnización, transparencia y cobro a resultado.
Solo cobramos nuestros honorarios (30%) cuando usted cobra su indemnización. Si usted no cobra, nosotros tampoco.
Tramitamos la etapa de Mediación Previa Obligatoria buscando acuerdos rápidos y justos antes de ir a juicio.
Evaluamos rubro por rubro: daño emergente, lucro cesante, daño moral y psicológico para exigir la máxima suma correspondiente.
Iniciamos el expediente y las notificaciones formales de inmediato para acelerar los tiempos de la compañía aseguradora.
Gastos de inicio claros desde el día uno (4 UMAs). Sin costos ocultos ni liquidaciones sorpresivas.
Seguimiento constante del expediente judicial para evitar dilaciones infundadas de la parte demandada.