Demanda de Alimentos
Incluye Redacción de Cartas Documento, Bonos de Justicia, aranceles administrativos y Mediación Prejudicial Obligatoria.
Importante: Estos montos no son honorarios del abogado.
Se establecen bajo las escalas de la Ley 27.423. Para brindarle una cotización personalizada y ajustada a la situación particular de su familia, es necesario realizar una evaluación técnica.
¿Por qué confiarme su Reclamo Alimentario?
Como abogado de la UBA, priorizo el interés superior del niño con una gestión firme, transparente y ajustada a las escalas legales vigentes en CABA.
Determino el valor de los honorarios basándome estrictamente en el Art. 48 de la Ley 27.423, sobre el importe de dos años de cuota.
Respeto el orden público: no percibo porcentajes de la cuota del menor. Mis honorarios se pactan de forma independiente y financiada.
Gestión integral de la etapa de mediación previa en CABA, buscando acuerdos rápidos antes de llegar a la instancia judicial.
En caso de incumplimiento, aplico medidas cautelares y embargos sobre haberes para asegurar la percepción de los alimentos.
Cada situación familiar es única. Atiendo personalmente cada caso en mi estudio para diseñar la mejor estrategia probatoria.
Establezco cláusulas de actualización automática para que el poder adquisitivo de la cuota alimentaria no se degrade con el tiempo.