El Reclamo por Juicio de Alimentos es un derecho prioritario destinado a garantizar el sustento, vivienda, educación y salud de sus hijos. Mi compromiso profesional es brindar una asistencia legal transparente, firme y ágil, acompañándole de forma estratégica en cada instancia para obtener el cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria.
En estricto cumplimiento con la legislación vigente de CABA y el Código de Ética Profesional, el procedimiento se divide en etapas procesales claras: desde la Mediación Previa Obligatoria (Ley 26.589) hasta la interposición de la Demanda Judicial de Alimentos e fijación de Cuota Provisoria y Definitiva.
La firma del convenio de honorarios y el patrocinio letrado se formalizan presencialmente. Presupuesto válido exclusivamente para actuaciones en la Justicia Nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cotizá tu Juicio de Alimentos Sin Cargo
Completá los datos a continuación para estructurar con total transparencia el presupuesto de tu caso. El proceso se organiza en 3 etapas claras: la Etapa 1 (Mediación Previa Obligatoria) abarca las gestiones de cartas documento, notificaciones y honorarios del mediador; la Etapa 2 (Inicio Judicial) cubre la demanda, audiencias y diligenciamientos; y la Etapa 3 (Honorarios Profesionales) contempla la labor letrada convenida con facilidades de pago en cuotas. Las fechas de financiación están diseñadas para no superponerse entre sí.
ETAPA 1: MEDIACIÓN PREVIA Y OBLIGATORIA (LEY 26.589)
Mediación-
La Etapa 1 comprende:
- Apertura de Mediación Previa Obligatoria: Inicio del trámite de mediación prejudicial conforme a la Ley 26.589 en CABA.
- Cartas Documento y Notificaciones: Redacción, envío y diligenciamiento de cartas documento e intimaciones de fijación de cuota alimentaria.
- Gastos Administrativos y Honorarios de Mediador: Cobertura de aranceles de fijación, notificaciones de mediación y honorarios del mediador oficial.
- Asistencia a Audiencias de Mediación: Asesoramiento y representación letrada presencial/virtual durante las audiencias fijadas con la contraparte.
ETAPA 2: DEMANDA JUDICIAL Y APERTURA PROCESAL
Inicio del Juicio-
La Etapa 2 comprende:
- Redacción de Demanda Judicial de Alimentos: Elaboración integral del escrito inicial de demanda y solicitud de Cuota Alimentaria Provisoria.
- Aportes e Inicio de Carpeta: Cobertura de Bono CPACF, aportes de ley y sorteo del expediente ante los Juzgados Civiles de CABA.
- Diligenciamientos e Intimaciones Judiciales: Confección y trámite de cédulas de notificación al demandado, oficios y/o informes.
- Audiencias Judiciales y Pruebas: Representación en la audiencia del Art. 639 CPCCN, ofrecimiento de prueba documental, testimonial e informativa.
ETAPA 3: CULMINACIÓN Y HONORARIOS PROFESIONALES
Honorarios Finales-
La Etapa 3 comprende:
- Patrocinio hasta Sentencia Definitiva: Prosecución del juicio de alimentos hasta la Sentencia Firme o Homologación Judicial de acuerdo.
- Planes de Pago Flexibles: Honorarios a convenir fijados en el convenio profesional con opciones de financiación adaptadas al cliente.
- Ejecución e Inscripción: Tramitación de oficios de descuento por haberes y embargos judiciales en caso de incumplimiento del alimentante.
1. Validez: Presupuesto exclusivo para la Justicia Nacional en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) para Juicios de Alimentos.
2. No Superposición de Fechas: Las cuotas acordadas para la Etapa 1 (Mediación) finalizan antes de que comience el cobro de la Etapa 2 (Juicio), garantizando previsibilidad económica.
3. Interés Moratorio por Retraso: Por cada día de mora en el pago de las cuotas o conceptos acordados, se devengará un interés moratorio del 3% diario sobre cada concepto adeudado.
¿Por qué tramitar el Reclamo de Alimentos con mi Estudio?
Protegemos los derechos de sus hijos con rigor legal, celeridad procesal y máxima transparencia en la gestión de honorarios.
Solicitamos desde la interposición de la demanda la fijación de alimentos provisorios para cubrir urgencias mientras dura el juicio.
Pagos estructurados por etapas procesales reales sin superposición de fechas ni sorpresas en el camino.
Oficiamos a AFIP, registros de propiedad, bancos y empleadores para determinar los ingresos reales del alimentante.
Conducción profesional en la audiencia de mediación previa para lograr acuerdos rápidos y con validez de sentencia.
Atención letrada directa. Explicación clara y constante de los avances del expediente sin tecnicismos confusos.
Ejecución directa por retención haberes al alimentante para asegurar que el dinero llegue mensualmente a sus hijos.